Articulo 6
Transparencia y eficiencia del gasto público. Las entidades a que se refiere el artículo del presente instrumento, deben publicar en forma cuatrimestral, información sobre la gestión de la producción relevante de los programass que tengan resultados, la ejecución presupuestaria mensual del ejercicio fiscal vigente; así como información sobre los costos de los servicios prestados y el número de beneficiarios. Esto debe realizarse dentro de sus portales web, y otros medios que consideren convenientes, sin perjuicio de lo que dispongan otras leyes.
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